\nLa Seguridad Social ofrece un amplio abanico de ayudas a la contratación de trabajadores que consisten generalmente en bonificaciones de las cuotas empresariales a la seguridad social que conlleva la contratación de determinados tipos de trabajadores, normalmente en situación de desempleo.\n\nLa Ley recoge ayudas o bonificaciones para las empresas o autónomos que den este paso. En función de las características de la mujer contratada y de la entidad empresarial, las ayudas vigentes varían en cantidad.\n\n- La conversión en indefinido del contrato primer empleo joven de una mujer menor de 30 años inscrita en la Oficina de Empleo, obtendrá 700 euros al año.\n\n- El contrato indefinido de un trabajador procedente de una ETT con contrato eventual, primer empleo joven, será beneficiado con 700 euros al año en caso de que sea mujer.\n\n- La realización de un contrato indefinido a trabajadoras procedentes de una ETT para la formación y el aprendizaje, obtendrá 1.800 euros al año.\n\n- La conversión en indefinido del contrato a trabajadoras procedentes de una ETT con contrato en prácticas es de 700 euros al año.\n\n- La conversión de contratos de prácticas en indefinido, al finalizar el mismo, o el contrato de relevo o sustitución por jubilación obtendrá una bonificación de 700 euros siempre que la empresa tenga menos de 50 trabajadores.\n\n- La conversión de contratos para la formación y el aprendizaje y de formación celebrados con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 10/2011, que se transformen en indefinidos a partir del 1/12012, se verá beneficiada con una reducción de 1.800 euros.\n\n- Si la contratación es indefinida y realizada por una empresa con menos de 50 trabajadores, la cuantía alcanza los 1.500 euros siempre y cuando la mujer contratada tenga más de 45 años, esté desempleada e inscrita en la Oficina de Empleo.\n\n- El contrato indefinido realizado por una empresa de menos de 50 trabajadores a jóvenes entre los 16 y 30 años, inscritos en la Oficina de Empleo, se verá bonificada con 1.100 euros durante el primer año, 1.200 euros en el segundo año y 1.300 en el tercero.\n\n- Los contratos indefinidos a mujeres con discapacidad general tienen una ayuda de 5.250 euros.\n\n- La ayuda a contratos indefinidos a mujeres con discapacidad severa es de 5.950 euros.\n\n- El contrato temporal de fomento del empleo a mujeres con discapacidad general menores de 45 años, recibe una ayuda de 4.100 euros y si son mayores de 45 años, la ayuda es de 4.700 euros.\n\n- El contrato temporal de fomento del empleo a mujeres con discapacidad severa menores de 45 años, recibe una ayuda de 4.700 euros y si son mayores de 45 años, la ayuda es de 5.300 euros.