El Real Decreto-ley 9/2020, de 27 de marzo, desarrolló en su momento un régimen sancionador en base a la implementación de los mecanismos de control y sanción necesarios que eviten comportamientos fraudulentos en la percepción de las prestaciones.
El Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, con fecha de efectos del 23/04/2020, ha reforzado estos mecanismos de control y sanción. Con el objetivo de evitar posibles fraudes en la aplicación de ERTES por parte de empresas y trabajadores autónomos, el Gobierno ha incluido varias modificaciones en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobada por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto. Así, se han incluido las siguientes modificaciones:
Se considerará infracción muy grave efectuar declaraciones, o facilitar, comunicar o consignar datos falsos o inexactos que den lugar a que las personas trabajadoras obtengan o disfruten indebidamente prestaciones, así como la connivencia con sus trabajadores/as o con las demás personas beneficiarias para la obtención de prestaciones indebidas o superiores a las que procedan en cada caso, o para eludir el cumplimiento de las obligaciones que a cualquiera de ellos corresponda en materia de prestaciones.
En el caso de infracciones muy graves, se entenderá que la empresa incurrirá en una infracción por cada una de las personas trabajadoras que haya solicitado, obtenido o disfrutado fraudulentamente de las prestaciones de Seguridad Social.
La empresa responderá solidariamente de la devolución de las cantidades indebidamente percibidas por cada persona trabajadora.
Las empresas que contraten o subcontraten la realización de obras o servicios correspondientes a la propia actividad, responderán solidariamente de las infracciones cometidas por la empresa contratista o subcontratista durante todo el período de vigencia de la contrata.
Las entidades de formación o aquellas que asuman la organización de las acciones formativas programadas por las empresas y los solicitantes o beneficiarios de subvenciones y ayudas públicas, responderán solidariamente de la devolución de las cantidades disfrutadas de forma indebida por cada acción formativa.
Sanciones por la aplicación de ERTES fraudulentos
El Gobierno ha endurecido el fraude en los ERTES pues, mientras en la anterior redacción se exigía el falseamiento de documentos para hablar de infracción muy grave, en la nueva redacción basta con facilitar datos inexactos.
Estas infracciones muy graves, de llegar a producirse, llevarían aparejadas sanciones que van desde 6.521 a 25.000 euros en su grado mínimo; de 25.001 a 100.005 euros en su grado medio y de 100.006 a 187.515 euros en su grado máximo.