La normativa que regula el sistema RED se actualiza y obliga a los más de tres millones de autónomos españoles a darse de alta en el sistema de la Seguridad Social, independientemente de si cuentan o no con empleados. Además, el trámite debe llevarse a cabo hasta el 31 de agosto de 2018 como máximo.
¿Quién tiene que darse de alta en el Sistema RED obligatoriamente?
La nueva orden publicada obliga prácticamente a todos los trabajadores autónomos registrados en el RETA (Régimen Especial para Trabajadores Autónomos) y en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar a afiliarse al Sistema RED.
Sin embargo, existen algunas excepciones para distintos grupos que quedarán excluidos de la obligación de alta en el Sistema RED. En concreto serían:
– Profesionales dedicados a la tauromaquia
– Profesionales afiliados al Sistema de Empleados del Hogar
– Los autónomos que pertenezcan al grupo segundo y al grupo tercero del Régimen del Mar.
Cómo tramitarla
La normativa permite que sea el propio autónomo quien realice el trámite de alta en Sistema RED o bien, que se encargue en su nombre un asesor autorizado como representante legal.
De este modo, si ya cuentas con un asesor autorizado RED, tú no tendrás que realizar ningún trámite. En cambio, si eres autónomo también en la gestión de todo el papeleo y obligaciones fiscales, tendrás que aparecer tú como autorizado RED.
Para ello necesitas solicitar tu certificado digital. Para eso sólo tendrás que acudir a cualquier oficina de la Seguridad Social con:
– Fotocopia de tu DNI
– Algún documento que certifique tu condición de trabajador autónomo
– Solicitud expresa de acceso al sistema