Legalización Libros de Contabilidad del ejercicio 2015.

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Legalización Libros de Contabilidad del ejercicio 2015.

El cierre del ejercicio social marca los plazos para el cumplimiento de las obligaciones mercantiles con el Registro Mercantil.Para las empresas cuyo ejercicio económico coincide con el año natural, deberán formular las Cuentas Anuales con fecha límite del 31 de Marzo de 2016 es decir, tres meses desde el cierre del ejercicio.Además, se deberá proceder a la legalización de los libros oficiales de contabilidad con una fecha máxima de cuatro meses desde cierre del ejercicio, es decir, 30 de Abril de 2016.Los libros oficiales cuya legalización es obligatoria son el libro diario y el libro inventario y cuentas anuales.La forma de presentación podrá ser papel, en soporte magnético (CD o DVD) o telemáticamente mediante el envío de los ficheros a través de Internet.Desde el 29 de septiembre del 2013 es obligatoria la presentación por vía telemática de los libros contables, pero alguno Registros están permitiendo provisionalmente la presentación en papel o en soporte magnético.Es conveniente tener presente esta obligación dado el próximo vencimiento para su presentación.librosoficialesRecordatorio: obligaciones mercantiles 2016El cierre del ejercicio social de una entidad marca los plazos para el cumplimiento de las obligaciones mercantiles y fiscales que a continuación se detallan. Se indica como ejemplo la fecha límite de obligaciones del 2015 en el caso de entidad con ejercicio social igual al año natural (es decir, cierra a fecha 31 de diciembre).- Se tiene un plazo de tres meses para la formulación de las Cuentas Anuales: en este caso hasta 31 de marzo de 2016.- Siendo el plazo para la legalización de los Libros Oficiales de cuatro meses desde el cierre del ejercicio: hasta el 30 de abril de 2016.- El plazo para la aprobación de las Cuentas Anuales en la Junta General de accionistas, es de seis meses a contar desde el cierre, teniendo desde su aprobación, hay para depositarlas en el Registro Mercantil dentro del mes siguiente a la aprobación de aquella: fecha límite para dicho depósito es el 30 de julio si la Junta de aprobación de cuentas se celebra el 30 de junio de 2016(fecha límite).

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